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Remates judiciales/Maldonado/Aviso 25029/026
INMUEBLESMaldonado

9 padrones en la ciudad de Maldonado

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Lotes 9

Extraídos automáticamente del edicto
LoteExpedienteFavorito
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Texto completo del edicto

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Por disposición del Sr/a. Juez de Paz Departamental de Maldonado de 3° Turno, dictada en autos: "INTENDENCIA DEPARTAMENTAL DE MALDONADO c/ FERNÁNDEZ PEDROSA, LUIS y otro - JUICIO EJECUTIVO TRIBUTARIO" IUE 2-10984/2023, se hace saber que el próximo 16 DE OCTUBRE DE 2026 a partir de las 14:30 hs. en el local denominado "CASA ROSADA" sito en calle Dodera 869 entre Florida e Ituzaingó de la ciudad de Maldonado, por intermedio del Martillero Gabriel Etcheverry, matrícula 5659, RUT 100087950010, en diligencia presidida por la Señora Alguacil de la Sede, se procederá al remate público, sin base, en dólares estadounidenses, y al mejor postor, del siguiente bien inmueble: Solar de terreno sito en la localidad catastral El Tesoro, departamento de Maldonado, empadronado con el número DOCE MIL SETECIENTOS SEIS antes en mayor área 1542 el que según plano de mensura y fraccionamiento del Agrimensor Hebel A. BARRIOS, de marzo de 1966 inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Maldonado con el número 5368 el 19 de setiembre de l969 se identifica como solar 13, manzana 27, tiene una superficie de SEISCIENTOS METROS y se deslinda así: 15 metros de frente al Este a calle existente de 17 metros, 40 metros al Sur lindando con solar 12, 15 metros al Oeste lindando con solar 26 y 40 metros al Norte lindando con solar 14, todos de la misma manzana y plano. PREVIENE: 1) El mejor postor deberá consignar el 30 % de su oferta, a cuenta del precio final, en carácter de seña, en el acto de serle aceptada la misma, así como la comisión de compra del rematador e impuestos (o sea el 3,66% del precio del remate). 2) Dichos pagos deberán realizarse en el acto, y si superaren el límite de restricción legal para pagos en efectivo (de doscientos mil unidades indexadas) o el 5% del valor total de la operación, siempre que dicho monto no supere las 450.000 Unidades Indexadas, se deberán realizar cumpliendo con lo dispuesto en el artículo 35 de la ley número 19.210 en la redacción dada por el artículo 3 de la ley 20.469 mediante letra de cambio o transferencia desde una entidad bancaria de plaza. 3) El remate se efectúa en las condiciones que resultan del expediente, de la documentación, constancias y testimonios por exhibición de la titulación agregados en autos y de la información registral adjunta. El estudio de títulos se realizó en base a testimonios por exhibición los que están a disposición de los interesados para su estudio en la Sede.. 4) Se desconoce el estado de ocupación del bien. 5) Los gastos de escrituración y los impuestos que la ley pone de cargo del comprador, serán de cargo del adquirente. 6) El plazo para consignar el saldo de precio será de veinte días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo. 7) Si bien de la documentación surge que el bien es baldío la actora agregó captura satelital del inmueble expresando que surge de forma evidente que el bien cuenta con construcciones. Dicha captura se encuentra glosada a fs. 100 De la misma resulta que construcciones existentes en el predio objeto de ejecución invaden al lindero o viceversa.. 8) Los rubros imputables del precio del remate son el Impuesto de Enseñanza Primaria y Contribución Inmobiliaria hasta la suma concurrente, requiriendo para cualquier otra imputación, autorización judicial. 9) Y a los efectos legales se hace una publicación en diario oficial, diario local y página web del Poder Judicial Maldonado, 02 de octubre de 2026. MICAELA JUDITH BONILLA NUÑEZ, Administrativo III Colaboración Cargo: Actuario Adjunto.

Información extraída del Diario Oficial. Verificá siempre el aviso completo antes de ofertar.