Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Cerro Largo de 4° Turno, dictada en autos: "MENDEZ SARAVIA, ROBERTO CARLOS C/A ROMERO TREMEZANO, JULIET LILIAN DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL" IUE 208-238/2018, Se hace saber que el día 6 de Octubre de 2026 a las 14 horas en puertas del escritorio del rematador sito en calle 18 de julio 860 de la ciudad de Melo, se procederá a la venta en pública subasta por intermedio del rematador Heber Daniel Fernández Marchi, matricula 5039, RUT 030104990017, precedido por la Sra. Aguacil de la Sede sin base y al mejor postor en dólares americanos el siguiente Bien Inmueble: Fracción de terreno con sus construcciones y mejoras que le acceden ubicado en la Primera Sección Judicial del Departamento de Cerro Largo, zona suburbana, manzana número 724 de la Localidad Catastral Melo, empadronada con el numero 14741 (catorce mil setecientos cuarenta y uno), antes con el número 4811 en mayor área, señalado como solar 252 de la Manzana N en el plano de Mensura y Fraccionamiento del Agrimensor Ernesto Silveira Pérez, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Cerro Largo con el numero 9047 el día 11 de Noviembre de 1993, según el cual consta de una superficie de trescientos metros cuadrados y se deslinda así: 12 metros de frente al Noreste a la calle publica número 3; entre las calles Publica número 6 (continuación Timoteo Aparicio) y 8 (Continuación Sociedad Cosmopolita); distando el extremo más próximo de su frente 20 metros de la esquina formada por la intersección de las calles nombradas números 3 y 6; 25 metros al Sureste con el Solar 253; 12 metros al Suroeste con parte del Solar 254; y 25 metros al Noroeste con parte del Solar 251; siendo todos los Solares del mismo plano. SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar el 30% como seña en el acto de serle aceptada la postura más comisión e IVA (3,66%). 2) Que el saldo de precio se deberá pagar en un plazo de 20 días corridos contando a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por Feria Judicial o Semana de Turismo y dando cumplimiento a las leyes 19.210 y 19889, modificativas y concordantes. 3) Que el bien se vende en el estado material y Jurídico en que se encuentran, en las condiciones que surgen del expediente, del estudio de títulos efectuado y a lo que surja de la diversa información Registral de última hora, teniendo presente que los rubros a imputar como parte del precio son los tributos adeudados por el ejecutado, que sean necesarios para la escrituración. 4) Que nada se sabe sobre la situación del inmueble con relación al estado de ocupación. 6) Que nada se sabe sobre la situación actual del Bien relacionado con respecto al Banco de Previsión Social. 7) Que existe deuda de Contribución Inmobiliaria y que el Impuesto de Primaria se presenta constancia de estar al día. Melo, 16 de Setiembre de 2026. . Melo, 16 de septiembre de 2026. MARÍA DANIELA MORALES OXANDABARATZ, Actuario Adjunto.
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