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Remates judiciales/San José/Aviso 22035/026
INMUEBLESSan José

3 padrones en la ciudad de San José

Lotes 3

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b
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Por disposición del Sr/a. Juez de Paz Departamental de San José, dictada en autos: "MARCRE LTDA C/ SABINO GERARDO LINK MARTINEZ- VIA DE APREMIO" IUE 507-616/2018, se hace saber que el próximo día martes 29 de setiembre de 2026 a la hora 14:00 en el Salón de Conferencias del Hotel Centro (Calle 25 de Mayo No. 407 - San José de Mayo), se sacarán a la venta, sin base, en dólares americanos y al mejor postor, por intermedio del Rematador Público Daniel F. Blanco, Matrícula No. 5640, RUT 110120590011, los siguientes bienes inmuebles: a) Bien inmueble rural padrón No. 8.688, ubicado en la 7ª. Sección catastral del departamento de San José, antes padrones Nos. 3.448 y 3.450 en mayor área señaladas con los números tres y tres bis en el plano trazado por el Ing. Agrimensor Salvador Mascheroni en marzo de 1941, inscripto con el No. 63 en la Oficina Técnica de Empadronamiento Inmobiliario del Departamento de San José el día 03.04.1941, según el cuál constan de las siguientes superficies y deslindes: Fracción No. 3 - Área: Doce hectáreas mil seiscientos cinco metros cuadrados, la que se deslinda: Por el Norte, en 864 metros 10 centímetros con Sucesión de Rafaela S. de Bonilla y con las fracciones números uno bis y dos bis; por el Sur, en 862 metros 70 centímetros, con la fracción número cuatro; por el Este, en 139 metros 45 centímetros, de frente a Calle de Chacras, que la separa de Carmelo Ramos y por el Oeste, en 142 metros 30 centímetros, de frente a Calle de Chacras, que la separa de parte de las fracciones números tres bis y cuatro bis, todas del mismo plano; Fracción No. 3 bis - Área: Catorce hectáreas nueve mil setecientos veintiocho metros cuadrados, la que se deslinda: Por el Norte, en 521 metros 60 centímetros con Sucesión de Rafaela Sánchez de Bonilla; por el Sur, en 519 metros 10 centímetros, con la fracción número cuatro bis; por el Este, en 287 metros 60 centímetros, de frente a Calle de Chacras, que la separa en parte de la fracción número tres, ambas del mismo plano y en parte de Sucesión de Rafaela S. de Bonilla y por el Oeste, en 287 metros 60 centímetros, con Gregorio Sánchez; Total Superficie: 27 hectáreas 1.333 metros cuadrados. b) Bien inmueble rural padrón No. 8.689, ubicado en la 7ª. Sección catastral del departamento de San José, antes padrones Nos. 3.448 y 3.450 en mayor área, señaladas con los números cuatro y cuatro bis en el plano trazado por el Ing. Agrimensor Salvador Mascheroni en marzo de 1941, inscripto con el No. 63 en la Oficina Técnica de Empadronamiento Inmobiliario del Departamento de San José el día 03.04.1941, según el cuál constan de la siguientes superficies y deslindes: Fracción No. 4 - Área: Doce hectáreas mil seiscientos cinco metros cuadrados, y que se deslinda: Por el Norte, en 862 metros 70 centímetros, con la fracción No. 3; por el Sur, en 861 metros 10 centímetros, con Maria Perdomo de López; por el Este, en 139 metros 95 centímetros, de frente a Calle de Chacras, que la separa de Carmelo Ramos y por el Oeste, en 142 metros 30 centímetros, de frente a Calle de Chacras, que la separa de parte de la fracción No. 4 bis, ambas del mismo plano; Fracción No. 4 bis: Área: Dieciséis hectáreas nueve mil setecientos veintiocho metros cuadrados, y que se deslinda: Por el Norte, en 519 metros 10 centímetros, con la fracción No. 3 bis; por el Sur, en 511 metros 80 centímetros, de frente a Calle de Chacras, que la separa de Gregorio Sánchez; por el Este, en dos líneas rectas que partiendo del límite anterior respectivamente miden: 122 metros 40 centímetros y 203 metros 70 centímetros, de frente a Calle de Chacras, que la separa de Maria Perdomo de López y de las fracciones Nos. 3 y 4, todas del mismo plano, y por el Oeste, en 331 metros 40 centímetros, con Gregorio Sánchez; Total Superficie: 29 hectáreas 1.333 metros cuadrados. c) Fracción de campo y sus mejoras, ubicada en la 7ª. Sección catastral del departamento de San José, zona rural, empadronada con el No. 17.010, antes padrones Nos. 3.448 y 3.450 en mayor área, señalada con el No. 1 bis en el plano trazado por el Ing. Agrimensor Salvador Mascheroni de marzo de 1941, inscripto con el No. 63 en la Oficina Técnica de Empadronamiento Inmobiliario del Departamento de San José el día 03.04.1941, según el cuál consta de una superficie de 10 hectáreas 5686 metros cuadrados, y se deslinda: Por el Norte, en 294 metros de frente a Calle de Chacras, que la separa de parte de la fracción No. 1; por el Este, en 361 metros 25 centímetros, con la fracción No. 2 bis; por el Sur, en 293 metros, con parte de la fracción No. 3, todas del mismo plano y por el Oeste en 359 metros 20 centímetros, con Sucesión de Rafaela S. de Bonilla. SE PREVIENE: 1) Que, el mejor postor, deberá depositar por concepto de seña, el 10% de su oferta en el momento de serle aceptada la misma, además de la comisión e impuestos del martillero actuante, lo que asciende al 3,66%. 2) Que, serán de cargo del expediente, el pago correspondiente al Impuesto Departamental Ley No. 12.700, además de la comisión e impuestos del rematador, lo que asciende al 1,22%. 3) Que, a fojas No. 412 se acredita arrendamiento rural celebrado el día 27.12.2019 entre Sabino Gerardo Link Martínez, soltero y Daniel Arcilio Tunín Paéz, soltero, inscripto en el Registro de la Propiedad, sección inmobiliaria de San José con el No. 3314 el día 30.12.2019. Dicho arrendamiento tiene una duración de 10 (diez) años contados a partir del día 27.12.2019, encontrándose vigente a la fecha. 4) Que, actualmente, dichos padrones poseen deuda por concepto de Contribución Inmobiliaria. 5) Que, el mejor postor, deberá tener presente al momento de su oferta, lo dispuesto por la disposiciones de las Leyes Nos. 19.210, 19.478, 19.732, sus modificaciones y su Decreto Reglamentario. 6) Que, el saldo de precio, deberá ser abonado por el mejor postor dentro del plazo de veinte días corridos a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, período éste que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por semana de turismo. 7) Que, únicamente, se autorizará la imputación al precio obtenido en el remate, de los gastos necesarios para la estructuración, ya sea Impuesto de Primaria, Contribución Inmobiliaria, ITP e IRPF vendedor (2%), en caso de corresponder. 8) Que, los bienes se subastan en las condiciones físicas y jurídicas actuales, estando la documentación a la orden de los interesados en las Oficinas de la Sede, sita la misma en la calle Treinta y Tres No. 362. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones. San José, 4 de Setiembre de 2026. San José, 04 de septiembre de 2026. ERIKA VANESA REYES SOSA, Juez Paz Dptal. Int..

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